Se detallan a continuación las principales reformas en materia laboral introducidas a través de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, aprobada por el Congreso de la Nación el pasado 28 de junio de 2024:
1. Promoción del empleo registrado: se establece un plazo de 90 días para que los empleadores del sector privado regularicen relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, otorgando el beneficio de extinción de acciones penales, condonación de multas y reducción de hasta el 70% de deudas por aportes y contribuciones.
2. Registro irregular: se eliminan las multas por registro irregular, falta de entrega de certificados de trabajo e ingreso de aportes.
3. Simplificación de la registración laboral: se incorpora un sistema de almacenamiento y emisión de documentos de manera digital.
4. Contratistas e intermediarios: se establece la plena validez del registro efectuado por el empleador originario en los vínculos con contratistas y empresas proveedoras de personal.
4. Período de prueba: se extiende de tres a seis meses.
5. Protección del embarazo: se otorga la posibilidad de reducir la licencia preparto a diez días, a opción de la trabajadora, acumulando el lapso remanente al período de posparto.
6. Causales de despido con causa: se incorporan como causales la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento, impedir u obstruir el ingreso de personas o cosas al mismo, como así también causar daños en personas o cosas de la empresa o terceros durante medidas de fuerza.
7. Despido discriminatorio: se establece que los jueces podrán incrementar la indemnización por antigüedad entre el 50% y 100% frente a despidos por motivos discriminatorios. Sin embargo, el despido producirá la extinción del vínculo laboral, sin que el empleado pueda solicitar la reinstalación, tal como sucedía hasta ahora.
8. Fondo de cese: en el marco de la negociación colectiva, las partes podrán reemplazar el esquema indemnizatorio actual por un “fondo o sistema de cese laboral” o contratar un sistema privado de capitalización a costo del empleador.
9. Trabajador independiente con colaboradores: se incorpora una nueva categoría de trabajadores independientes, previendo que un trabajador autónomo podrá valerse de hasta tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo, acogiéndose a un régimen especial que reglamentará el Poder Ejecutivo Nacional.
Para más información, por favor contactar a Alejandro Lagos Mármol (alm@wilsonrae.com.ar), Johanna Belen Di Santo (jds@wilsonrae.com.ar), Agustina Ossona (ao@wilsonrae.com.ar) y/o Luciana Sol Asprea Alfano (lsaa@wilsonrae.com.ar).